Acordaron detalles del debate presidencial obligatorio de Delgado vs Orsi. Domingo 17 hora 21.

Para los candidatos presidenciales que van al balotaje del próximo 24 de noviembre, Andrés Delgado, del Partido Nacional apoyado por la Coalición Republicana y Yamandu Orsi, del Frente Amplio, sus respectivos jefes de campaña, Nicolás Martínez y Alejandro Sánchez, acordaron fijar el debate obligatorio legalmente establecido, para el venidero domingo 17 de noviembre, a las 21 horas, una semana antes de la segunda vuelta.

Para la fijación de la fecha se tuvo en cuenta que no se superpusiera con los partidos que la selección uruguaya debe jugar por las Eliminatorias contra Colombia, el 15 de noviembre y contra Brasil, el 19 del mismo mes.

El mismo se hará según lo convenido, en el Estudio 9, un centro tecnológico audio visual ubicado en Montevideo, en el barrio de la Aguada, próximo al Mercado Agrícola, en la calle Máximo Sosa. Es el mismo estudio que se utilizó en el debate para el balotaje  2019 que mantuvieron Luis Lacalle Pou por el Partido Nacional y Daniel Martínez, del Frente Amplio. del que resultó electo el actual presidente.

Luego de varios encuentros, Martínez y Sánchez, además de acordar la fecha, establecieron otros aspectos del debate, el que tendrá 5 bloques, con los temas de economía, seguridad, educación, producción y salud y un mensaje final de cada candidato. Tendrá una duración de una hora y 20 minutos y no se permitirán interrupciones. Por sorteo se determinará el orden de cada intervención y el lugar del atril en que se ubicará cada uno.

El acuerdo se comunicó a la Corte Electoral para su formalización.

El o los periodistas moderadores del debate se acordarán por la Corte Electoral con la asociación de la Prensa Uruguaya y el sistema de medios públicos. Se «deberá observar  los principios de trato igualitario e imparcial para con los participantes, así como garantizar la efectiva exposición e intercambio de posiciones entre estos y los periodistas que puedan intervenir», según prevé la ley en su artículo 4.

Será transmitido por cadena nacional de radio y televisión

La celebración obligatoria del debate presidencial de cara al balotaje, así como sus principales detalles, derivan de la ley 19.827, de 18 de setiembre de 2019. El artículo 5 establece que si el candidato se niega a participar del debate «no percibirá la contribución del Estado para los gastos» del balotaje, los que están en el orden de los $61,3 pesos por cada voto válido que reciban.