El ministro de Salud Pública, Daniel Salinas, publicó ayer martes una nueva ordenanza en la que se actualizaron las indicaciones para la realización de test de covid-19,en relación a la situación epidemiológica y el primer nivel de atención.
El documento indica que , “a excepción de los que residen en comunidades cerrados con Grupos de Riesgo con uno o más casos confirmados”, no deberán realizarse test por covid-19.
Para el caso de esas excepciones, deberán realizarse test de antígeno inicial y PCR al día 5 de la última exposición.
El MSP expresa que las personas asintomáticas, los viajeros sin síntomas y todo paciente que consulte a nivel ambulatorio que no configura caso sospechoso de covid no tendrán que hacerse test para detectar la enfermedad.
Tampoco en los casos de pacientes que tengan el alta hospitalaria y vuelvan a su domicilio particular, se detalla en el documento.
Para los casos de personas que presenten síntomas por covid-19 se mantiene la indicación del testeo para todos y en particular para trabajadores el servicios esenciales, comunidades cerradas, grupos de riesgo y trabajadores que requieran certificado médico por ausentismo laboral.
También se indicó que se deberán seguir realizando test viajeros según los requisitos del país de destino y personas que ingresen a los centros de salud por afecciones agudas o crónicas. Para los pacientes ya internados que presenten síntomas, también deberá realizarse el análisis.
También se indica la necesidad de realizarse test para los casos de “contacto de caso confirmado que pertenezca a comunidad cerrada o situación de brote” o a “contacto conviviente no vacunado o con dos dosis y más de 180 días desde la última dosis”.
Para estos dos casos, el MSP señaló que en ambos el contacto deberá “realizar cuarentena por el plazo de cinco días desde la última exposición a la persona que dio positiva”.

